<br>
Para la confección de los horarios del centro, la Jefatura de Estudios atenderá de forma ponderada los criterios pedagógicos a continuación expuestos buscando siempre la opción que redunde positivamente en el éxito escolar y la mejor atención del alumnado del centro.
En todo caso, la finalidad última debe ser la organización y funcionamiento idóneo del centro y no los intereses particulares de miembros de la comunidad educativa.
A. Criterios pedagógicos para la elaboración de horarios en Educación Infantil.
- En Educación Infantil el tratamiento horario se hará teniendo en cuenta la globalización de los contenidos y sus ritmos de actividad y rincones educativos.
- El Área de Religión, una vez cubierto el horario estipulado para la educación primaria, el resto del horario se distribuirá en infantil de manera progresiva: infantil 5 años, 4 años y 3 años.
- Se establecerá un horario para el Área de Inglés, en función siempre de la plantilla final que cada curso sea aceptado por la Delegación y la Consejería de Educación. De ser posible se asignará una sesión a cada nivel, aumentándose el número desde los cursos superiores si se dispusiese de más sesiones.
B. Criterios pedagógicos para la elaboración de horarios en Educación Primaria.
- Se procurará que en un grupo incidan el menor número de maestros/as posible.
- En el caso de maestros especialistas y tutores se procurará que, además del área de su especialidad, imparta prioritariamente Lengua y Matemáticas.
- En la organización del horario para el alumnado se garantizará la dedicación del horario lectivo mínimo obligatorio que establece la legislación vigente para cada una de las áreas de aprendizaje del currículo.
- Se tratará de evitar que la materia se vea impartida por varios profesores, en la medida de lo posible en función del profesorado del centro.
- Incrementaremos la carga horaria de las áreas instrumentales con las horas de libre disposición según la normativa, a no ser que el ETCP traslade otra propuesta congruente, oídos los ciclos.
- Dentro del horario semanal se dedicará todos los días 30 minutos para el Fomento de la lectura y desarrollo de la Comprensión Lectora.
- Dentro del horario de Lengua castellana y literatura se planificará semanalmente una sesión de lectura comprensiva y otra para trabajar dictados.
- Y de manera quincenal trabajaremos la expresión oral a través de exposiciones, poemas... y la expresión escrita a través de recetas, noticias, descripciones...
- Dentro del horario de Matemáticas se planificará semanalmente una sesión de cálculo escrito y mental y otra de resolución de problemas.
- Dentro del horario semanal se dedicará una sesión a la Acción Tutorial y a la resolución de conflictos.
- Que la materia de Atención Educativa la imparta preferentemente cada tutor/a a su grupo de alumnos/as.
- Las horas de apoyo de cada profesor se dedicarán preferentemente a apoyar al ciclo al que pertenece o al alumnado de otros ciclos para Refuerzo Educativo.
- Dentro de la asignación del horario se tendrá en cuenta la posibilidad de aumentar el horario de dedicación a los diferentes proyectos del Centro, sobre todo del responsable de Convivencia y del responsable de Biblioteca y del Coordinador de T.D.E. dentro de los siguientes porcentajes:
- Convivencia entre un 10 % y un 25 % del horario disponible
- Biblioteca entre un 5 % y un 10 %
- T.D.E entre un 5 % y un 10 %
- Para otros proyectos entre un 5 % y un 10 %
- Aplicar las reducciones horarias establecidas en la normativa vigente (equipo directivo, coordinadores/as de ciclo, de planes y proyectos, mayores de 55 años...).
- El horario de P.T. y A.L. será flexible según las necesidades.
- En el horario podrá computar como otras actividades que determine el plan de centro:
- La atención a la puerta en entradas/salidas.
- La organización de materiales, jornadas y otras actividades.
- Comunity Manager.
Estos criterios serán revisables por el Claustro, tras la Memoria de Autoevaluación, con el objetivo de favorecer el éxito escolar del alumnado y conforme a las líneas de actuación pedagógica que el colegio haya establecido en su Plan de Centro.
NORMATIVA DE APLICACIÓN:
Art. 89 Decreto 328/2010, de 13 de julio, Reglamento Orgánico Centros (BOJA no 139, de 16/07/2010) y art. 20 Orden 20/08/2010, que regula la organización, funcionamiento y horarios en CEIP (BOJA no 169, de 30/08/2010).